...Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos NELLYS ELICIA GARCIA RODRIGUEZ y ORLANDO JOSE CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.801.268 y V-6.012.948, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 07 de abril de 1983, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Guaira, Departamento Vargas del Distrito Federal, hoy Estado Vargas, según consta de Acta Nro 20, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevado por ese Despacho durante el año 1983.-