En el caso que ocupa la atención de este Juzgador, no existe plena prueba de los hechos alegados por la parte actora, toda vez que no fue demostrada la existencia de la relación contractual cuya resolución se solicitó, y menos aún existe la debida certeza de que el inmueble propiedad del demandante sea el mismo que supuestamente ocupa el demandado, dada la indeterminación de aquel que está descrito en el libelo, y la omisión de prueba idónea en ese sentido. ASI SE DECLARA.
Por lo expuesto, le es forzoso a este Tribunal declarar que la acción intentada no puede prosperar en derecho, como en efecto será declarado en la dispositiva de este fallo. ASI SE DECIDE.