En consecuencia, este Tribunal, pasa a decretar como en efecto DECRETA la siguiente MEDIDA PREVENTIVA:
1. Se decreta el SECUESTRO del inmueble objeto de la presente acción, constituido por el apartamento destinado a vivienda, distinguido con el número y letra 6-A, piso 6, del edificio "GIN ROS", Avenida Miranda de la ciudad de Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda.