Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana NARCISA CECILIA BORGES SALAZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-5.594.796, contra la ciudadana JENNY YELITZA NIETO VILLAMIZAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.783.025, y en consecuencia, se condena a la parte demandada a entregar la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,oo) dados en garantía en el acto negocial de opción de compra venta autenticado ante la Notaría Pública del Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 04 de octubre de 2010, anotado bajo el Nº 32, Tomo 200. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, en donde no se verifico un vencimiento total, no hay expresa condenatoria en costas...