se da por culminada la controversia de forma parcial en los términos expuestos y en consecuencia de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques HOMOLOGA el acuerdo suscrito el cual adquiere el efecto de Cosa Juzgada. Con base a las anteriores consideraciones, la presente causa quedará activa para resolver las pretensiones por los conceptos restantes no comprendidos en la transacción a saber indemnización por retiro justificado y el daño moral por acoso laboral y por cuanto se encuentra vencido el lapso previsto en el artículo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin que las partes lograran el advenimiento de sus posiciones respecto de la controversia planteada por los conceptos por indemnización por retiro justificad.....