PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CONCEPTOS LABORALES, incoada por la ciudadanaJOSEFA MAYELA CHEYNE DE SCANDELLA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.070.479; debidamente asistida por Ciudadano abogado GERMÁN LUÍS CORONADO GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad Nº 5.703.899, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 54.566, contra la entidad de trabajo JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO RESIDENCIAL DAYJORSEM II TORRE B.
SEGUNDO: Se condena a la demandada la entidad de trabajo JUNTA DE CONDOMINIO CONJUNTO RESIDENCIAL DAYJORSEM II TORRE B, a pagar a la ciudadana JOSEFA MAYELA CHEYNE DE SCANDELLA, titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.070.479, el monto total de TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (325.264,41 Bs).
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Por cuanto esta decisión se publica dentro del lapso fijado en el acta de.....