...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio accionada por los ciudadanos ASCENCIÓN MARINO REINA PINTO y MARIA ANTONIA QUINTANA de REINA, ambos suficientemente identificados en autos. Y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el veinticinco (25) de abril de mil novecientos ochenta (1980), según consta de acta N° 054, correspondiente al año 1980. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. A continuación este juzgador pasa a precisar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: -----
PRIMERO: Se ordena expedir por Secretaría copias certificadas de esta sentencia y remitirse en su oportunidad a las Autoridades Civiles competentes adjunto a su respectivo oficio a la Prefectura del Distrito Páez, hoy denominada Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda y al Registro Principal del Estado Miranda con sede en Los Teques, a los fines de estampar la correspon.....