declara: Parcialmente con Lugar, la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO CAHUAO en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ACEVEDO DEL ESTADO MIRANDA en los siguientes términos:
PRIMERO: Sin lugar el daño moral y en consecuencia improcedente la indemnización solicitada por un monto de SETENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 70.000.000,00)
SEGUNDO: Se condena a la demandada al pago de la cantidad de Bolívares CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 4.948.283,40), por los conceptos pormenorizados en la parte motiva del presente fallo así mismo se acuerda el pago de los intereses originados por la prestación de antigüedad, la indexación y los respectivos intereses moratorios conforme a lo previsto en el articulo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para la cual se ordena la Experticia Complementaria del Fallo conforme a los parámetros establecidos en la parte motiva del texto ínt.....