"... este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y en resguardo y garantía de los principios constitucionales del Debido Proceso y del Juez Natural, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso nulidad interpuesto por la parte recurrente, identificada a los autos, en contra providencia administrativa N° 00011-2010 dictada en fecha 03-02-2010, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en la ciudad de Guatire, del Estado Bolivariano de Miranda, en consecuencia a ello, DECLINA COMPETENCIA para el conocimiento de la presente causa, en los Tribunales Superiores de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, por lo que se ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior Distribuidor en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines legales consiguiente.....