"... este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional propuesta, por ser su juez natural; y, SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo sobre derechos y garantías constitucionales propuesta por el ciudadano CLEMENTE PERAZA en contra de la sociedad CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DEL ESTADO MIRANDA, S.A.; en consecuencia, se ordena la restitución inmediata de la situación jurídica infringida por el incumplimiento del acto administrativo contenido en la providencia Nº 086-2012, dictada en fecha 25 de febrero de 2012, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, Estado Bolivariano de Miranda ..."