"... este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: INADMISIBLE el recurso de nulidad del acto administrativo contenido en la providencia N° 087-2011, de fecha 25 de febrero de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, Estado Bolivariano de Miranda, propuesto por la CORPORACIÓN DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DEL ESTADO MIRANDA, S.A. (CORPOSERVICIOS MIRANDA, S.A.) ..."