Por cuanto se ha cumplido la primera fase del presente procedimiento, incoado por la ciudadana BERNAL SANOJA CLARITZA COROMOTO, titular de la cédula de identidad V-21.408.739, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO TOMÁS LANDER DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, concluida como ha sido la Audiencia Preliminar y vista la consignación del escrito probatorio de la parte actora, toda vez que la accionada no consignó escrito alguno en el presente proceso, este Tribunal en consecuencia y de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, providencia las pruebas consignadas en su oportunidad.
PLANTEAMIENTO DE LA CONTROVERSIA
De la exhaustiva revisión practicada por este Tribunal de las actas que integran el presente expediente, se observa que la ciudadana BERNAL SANOJA CLARITZA COROMOTO, demanda por motivo de COBRO DE DÍAS LABORADOS NO CANCELADOS Y BONO DE ALIMENTACIÓN.
DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
Se observa que la Audiencia Preliminar concluyó de acu.....