DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LARA GÓMEZ MARÍA ALEJANDRA, titular de la cédula de identidad No. 18.331.111, en contra de la Sociedad Mercantil SETECSA DE VENEZUELA, C.A., por motivo de Ajuste Salarial. SEGUNDO: NO hay condenatoria en costas a la parte perdidosa, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto la accionante devengaba menos de tres (03) salarios mínimos.
Finalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el lapso para recurrir de.....