DISPOSITIVO
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden en consecuencia este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: IMPROCEDENTE el pago por concepto de INDEMNIZACIÓN prevista en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), INDEMNIZACIÓN por LUCRO CESANTE e INDEXACIÓN SALARIAL. SEGUNDO: PROCEDENTE el pago de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FREDDY ANTONIO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-13.847.731, en contra de la Sociedad Mercantil AVÍCOLA MAYUPAN, C.A. CUARTO: Se CONDENA a la parte accionada Sociedad Mercantil AVÍCOLA MAYUPAN, C.A. al.....