DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: COMPETENTE este Juzgado para conocer de la presente acción, de conformidad con lo dispuesto en la sentencia Nº 955 de fecha 23 de septiembre de 2010 emanada de la Sala Constitucional. Segundo: CON LUGAR el Recurso de Abstención o Carencia interpuesto por la Sociedad Mercantil MULTIPRENS, C.A. en contra de la Inspectoría del Trabajo en Los Valles del Tuy del Estado Bolivariano de Miranda, en virtud de la Falta de Pronunciamiento relativa a la Solicitud de Reducción de Personal interpuesta por la Entidad de Trabajo MULTIPREN.....