este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara: 1. SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora Directores ANIBAL FERRO CASTELLO y JAIRO CONTRERAS TORRES, venezolanos, mayores de edad, y titulares de la cedula de identidad Nros. 6.844.454 y 17.145.273, respectivamente; actuando en su carácter de de la Sociedad Mercantil denominada INMOBILIARIA FERRO C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda de fecha 23-03-1.979, inserto bajo el Nº 74, tomo 9-A, siendo la ultima reforma tal como consta de Asamblea Extraordinaria de socios de fecha 30-08-2.002, inserta bajo el Nº 04, tomo 137-A-Pro ante el registro de comerci.....