Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:Se declara SIN LUGAR la cuestión previa, prevista en el Ordinal 1º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que trata de la falta de jurisdicción del Juez, o la incompetencia de éste, o la litispendencia, o que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia.- Se declara SIN LUGAR la cuestión previa, prevista en el Ordinal 2º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que trata de la ilegitimidad del actor por carecer de capacidad necesaria para comparecer en juicio.- Se declara SIN LUGAR la cuestión previa, prevista en el Ordinal 4º del Artículo 346 del Código de Procedim.....