Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa que por NULIDAD DE DOCUMENTO DE CONDOMINIO intentada por las ciudadanas, MONICA CALDERIN, SOFIA MAKRYNIOTIS DIAZ y SILVIA ESTANGA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cedula de identidad Nos. V-10.075.476, V-14.966.417 y V- 4.287.206.