este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:1.- SIN LUGAR la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA incoara CATALINO RICI RODRIGUEZ e IRMA MAGALY SOSA DE RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad No. V- 4.297.629 y V- 6.407.304; contra JOSE PARMENIO CUEVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nro. 5.742.127.2.-SE CONDENA en costa a la parte actora de conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.