...PRIMERO Declarar en Rebeldía al adolescente (IDENTIDAD Y DATOS PROTEGIDOS) y agotada como ha sido su ubicación sin que éste comparezca a la Audiencia Preliminar, se ordena su captura a través de los distintos organismos policiales, militares y autoridades civiles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Conforme a lo establecido en el artículo 615 Parágrafo Segundo de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se deja constancia que la Evasión interrumpe la prescripción. TERCERO: Lìbrese Boleta de Captura a dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Los Valles del Tuy con sede en Ocumare del Tuy. La parte presente en este acto, queda notificada de lo aquí acordado. Notifíquese a la defensa Pública de la presente decisión