Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: LA HOMOLOGACION DE LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL existente entre los ciudadanos NIURKA GUARDIA AVILA y REINALDO JESUS ALVAREZ GABANTE, ex cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nro V-6.854.031 y V-5.307.637 respectivamente, en la forma por ellos convenida.
SEGUNDO: En consecuencia y vista la liquidación amistosa hecha por los ciudadanos NIURKA GUARDIA AVILA y REINALDO JESUS ALVAREZ GABANTE titulares de las cédulas de identidad V-6.854.031 y V-5.307.637. Se acuerda adjudicar a la ciudadana NIURKA GUARDIA AVILA titular de la cédula de identidad V-6.854.031 el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad y a la.....