...PRIMERO: En cuanto a la solicitud de nulidad de las presentes actuaciones, realizada por la Defensa conforme a los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal una vez revisadas las actas que conforman el presente expediente observa, en primer lugar que la Orden de Allanamiento referida tanto por el Ministerio Público como por la Defensa Pública, fue emitida por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda ¿ Extensión Valles del Tuy en fecha 22 de octubre de 2009 y que el lapso de vigencia de la misma era de noventa y seis (96) horas contadas a partir de la fecha y hora de su entrega; sin que de la misma se evidencie cual fue la hora y el día de entrega a los fines de computar las 96 horas. Ahora bien, siendo que el allanamiento fue practicado por el órgano policial investigativo el día 30-10-2009, de lo anterior se colige que el mismo se efectuó al octavo (8°) día siguiente a la emisión de la respectiva orden, tiempo que sob.....