...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ALÍ RAMÓN MARRERO DE ARMAS y MIRIAM JUDITH ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-4.974.503 y V-4.251.466, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 11 de junio de 1999, ante la Prefectura de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta del Acta de Matrimonio Nº 44, del año 1999; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.