...1.- CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 4° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se suspende el proceso, para que el demandante proceda a la debida subsanación a tenor de lo que establece el artículo 354 ejusdem, por el término de cinco (05) días, contador a partir del día de despacho siguientes al de hoy.