...El peticionante fundamenta su solicitud en la circunstancia de que el Título Supletorio declarado en fecha 13 de julio de 2010, al ser presentado ante el Registro Público del Municipio Los Salias, a los fines de la revisión legal, encontraron deficiencias en el mismo (señaladas en la planilla de revisión Legal previa, anexa al escrito de solicitud); en consecuencia de lo expuesto y tomando en consideración que en el caso bajo examen, el interesado se vio imposibilitado de lograr el fin último perseguido, cual es la protocolización del título en el registro respectivo, quien suscribe con base en el artículo 11 del texto adjetivo civil, y en cumplimiento de los principios de la justicia expedita, célere, equitativa y racional, y sin formalismos que preconiza el artículo 26 constitucional, revoca el título supletorio dictado en fecha 13 de julio de 2010, a favor del ciudadano JOSÉ RAMÓN TRAVIESA GARCÍA (Expediente Nº S-2010-077), a objeto de que el justiciable pueda solicitar nuevament.....