...Ahora bien de lo antes señalado, considera quien aquí juzga, que se creó en el caso bajo análisis una subversión del iter procesal con relación al procedimiento a seguir en la partición, y que siendo el Juez el guardián del debido proceso, es su deber el mantenimiento de las garantías constitucionales del juicio evitando extralimitaciones, la inestabilidad del proceso o el incumplimiento de formalidades que produzcan la indefensión o desigualdades a las partes, en consecuencia esta Juzgadora procede a nombrar como partidor en el presente juicio al ciudadano TEÓFILO RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de identidad N° 3.124.037, e inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 57.736, a quien se ordena notificar de la presente designación, el cual deberá efectuar y consignar a las actas del presente expediente la respectiva Partición de la Comunidad Conyugar, en un lapso de treinta (30) días contados a partir de la aceptación y juramentación del cargo. Librese Boleta.