...DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos ADRIANA EMILIA CAPDEVIELLE RUSSIAN y MIGUEL ÁNGEL GALBAN GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos 5.308.988 y 8.308.763, respectivamente, sobre la bienhechuría construida sobre un lote de terreno identificado con el Nº 05, propiedad de los prenombrados ciudadanos, el cual formaba parte de un lote de mayor extensión, ubicado en la Hacienda El Barranco, Sector Cerro Alto, en Jurisdicción del Municipio Cecilio Acosta del Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda (hoy Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda), según consta en el Documento de Propiedad, Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, (hoy Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda), en fecha 02 de Noviembre de 2000, bajo el Nº 40, Tomo 7º, Protocolo Primero, cuarto trimestre, de.....