...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos CARMEN JOSEFINA CORRALES OROPEZA y HARRY JOSE GUTIERREZ ALMEIDA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 8.684.065 y 6.463.494, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 14 de Diciembre de 1991, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro de Los Altos del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en el acta de matrimonio inserta bajo el Nº 72, correspondiente al Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho organismo durante el año 1991, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.-