...DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos LUPE YANET YECERRA MEZONE y WILLIAMS JOSE BARRETO HERNANDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº 10.381.828 y 7.957.830, respectivamente, sobre las bienhechurias construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, ubicado en el Sector la Hondonada, Urbanización Valle Alto, Parcela N° 172, Los Teques, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en documento protocolizado en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 04 de Diciembre de 2002, anotado bajo el N° 08, Protocolo Primero, Tomo 14, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas.