...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos RAMON MONTILLA y ANA GRACIELA HERRERA DE MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad Nos. 991.244 y 6.029.384, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 30 de Agosto de 1990, ante la Junta Parroquial de la Parroquia Chacao del Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, según consta en el acta Nro. 274, folio 300, de los libros de Registro Civil de Matrimonios del año 1982, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.-