Acto seguido, la ciudadana Jueza manifiesta a la parte demandada que está en plena libertad de trasladar y disponer de los bienes muebles que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente Entrega Material, a lo que manifestó la parte demandada a viva voz, que retirará los mismos bajo su propia cuenta y riesgo. En este estado, siendo las 06:00 p.m., el apoderado judicial de la parte actora solicita la habilitación del tiempo necesario para continuar con la práctica de la presente comisión, lo cual el Tribunal acuerda. Posteriormente, una vez retirado los bienes muebles por cuenta de la parte demandada y; ya libre de bienes y personas el inmueble objeto de la presente Entrega Material, se solicita al cerrajero designado identificado ut supra, sirva hacer el cambio de candados de las puertas de acceso al inmueble objeto de la presente Medida de Entrega Material quien procede a realizar lo encomendado; una vez realizado lo ordenado le manifiesta al Tribunal: "ya cambie los res.....