Este Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA IMPUGNACION DEL PODER, intentado por el abogado MARCOS AUGUSTO FINOL PALACIOS, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-14.428.766, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.842, en contra del poder otorgado por la ciudadana BERTA A. LADERA, en su condición de Presidenta de la Junta Directiva de la UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SAN JOSE (U.E.P COLEGIO SAN JOSE), a la abogada GREYMAR DEL CARMEN RIVERO, titular de la cedula de identidad N° V-18.402.904, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 145.754, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 2, 46 y 47 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASÍ .....