DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana ESTHER JOSEFINA VAZQUEZ RIVAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.506.082, y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unió a la prenombrada con el ciudadano RAFAEL ANTONIO HERNANDEZ MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.960.041, contraído mediante acta de matrimonio N° 137, levantada por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia Cecilio Acosta, Municipio Bolivariano de Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda en fecha 16 de diciembre de 2016, inserta al folio 137 del Libro de Matrimonio, correspondiente al año 2016.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en la sentencia No. 136, dictado por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de marzo de 2.017, en la cual se indicó que "(...) la correspondiente decisión proferida por el tribunal causará cosa juzga.....