DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana JUDALVY MAGDALENA SALAZAR JIMENEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.743.095, sobre una bienhechuría ubicada en: Callejón sin nombre, Acceso Calle Principal el Castaño, Barrio el Castaño, Sector el Tanque, Parroquia Los Teques, Municipio Bolivariano Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de SESENTA Y TRES CON TREINTA Y OCHO DECÍMETROS (63,38 mts2), cuyas dependencias y especificaciones del inmueble objeto de la solicitud, están en el cuerpo de la misma y se dan aquí por reproducidas, la cual declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en una parcela de terrero de su propiedad, con una superficie aproximada de CIENTO DIECISÉIS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS (116,45 mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en autos, la cual fue redactada por la abogada en ejercicio IRMA FELICIA.....