´Mediante resolucion Nº PJ0252026000124, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de, RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por la ciudadana: YAMILE DEL VALLE CESAR DE DAZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.852.488, de este domicilio debidamente asistida por la abogada en ejercicio DILIA DELGADO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.659, en contra de los ciudadanos FRANCISCO RAMIREZ y ANA MAIGUALIDA RIOBUENO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-10.065.059 y V-14.289.210.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dese por terminado mediante auto de egreso y archívese.
Devuélvanse los originales acompañados con .....