-III-
-DECISIÓN-
Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARA, a las ciudadanas MARIELA HEREDIA MACHADO, GENESIS MARIEL MEJIAS HEREDIA y KARLIS MARIELI MEJIAS HEREDIA, de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 8.760.456, V-20.416.877 y V-22.789.074, respectivamente, UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, del DE CUJUS ciudadano CARLOS MEJIAS BERMUDEZ, titular de la cedula de identidad N° V-4.083.516. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
-DIARICESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y DEJESE COPIA CERTIFICADA-
Asimismo se ordena la publicación de la.....