...MODIFICA la decisión dictada en fecha 19-12-2007, en cuanto al sitio donde deberá la acusada cumplir con el arresto domiciliario impuesto por este Tribunal y la persona a cuya autoridad debe someterse, ordenando en consecuencia que la mencionada acusada permanezca en detención domiciliaria en la residencia de su hermana ciudadana YOSMAR EUGENIA ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nº 15. 367. 280, ubicada en la Carretera Petare- Guarenas, Kilómetro 18, Sector Ochoa, Casa Nº 54, a tres casa de la Virgen del Mata Palo, Municipio Plaza del Estado Miranda, quedando entendido, que solo podrá salir de ese lugar para asistir a las consultas médicas que amerite por su estado de salud, previa notificación y autorización de este Tribunal, debiendo abstenerse de salir del Estado Miranda y la Zona Metropolitana de Caracas, en las oportunidades que acuda al médico, evitar tener ningún tipo de comunicación con los testigos en la presente causa y abstenerse de cometer nuevos hechos .....