...PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDANTE
DOCUMENTALES: En lo que respecta a las documentales promovidas en el capítulo I, en sus numerales 1, 2, 3 y 4, y en el segundo aparte del referido capitulo en sus numerales 1 y 2 del referido escrito, este Tribunal las admite por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes salvo su apreciación en la definitiva.-
TESTIMONIALES: Contenida en el capítulo II, del escrito de promoción de pruebas, se admite por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente. Para la evacuación de la testimonial del ciudadano RAÚL ENRIQUE SALMERON titular de la cédula de identidad N° V-4.311.395, fija el tercer (3) día de despacho siguientes a la presente fecha, a las once de la mañana (11:00 a.m).