declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada en ejercicio MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, quien actúa en su propio nombre y representación, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 30 de noviembre de 2015, a través de la cual se declaró INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la prenombrada contra el ciudadano ANTONIO AZEVEDO DE FREITAS, todos ampliamente identificados en autos; motivos por los que se CONFIRMA la aludida decisión bajo las consideraciones expuestas en la presente sentencia.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas.
Remítanse las presentes actuaciones a su Tribunal de origen en su debida oportunidad legal, esto es, al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Regístrese, publí.....