Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por el ciudadano JESUS R. VELÁSQUEZ VALENZUELA contra la ciudadana LUCIA DEL CARMEN GUERRA, ambos plenamente identificados en autos.
En consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la parte actora las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.300.000,oo), por concepto del capital de las letras de cambio adeudadas.
SEGUNDO: La cantidad de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 345.000,oo) por concepto de intereses moratorios causados desde la fecha del vencimiento de las cambiales hasta el día 26 de marzo de 2003, fecha de interposición de la presente demanda, a la tasa del 5% anual.
TERCERO: La cantidad de CIENTO QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 115.000,oo), por concepto de intereses moratorios causados desde la fecha de intr.....