...declara: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos y bienes existente entre los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LOS PREVISTO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO SEGUNDO DE LA LOPNNA , respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 12.12.2007, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, según Acta Nº 293, folio 293 y su Vto.