....DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ALIDA PASTORA GALÍNDEZ de PÉREZ, XIOMARA JOSEFINA GALÍNDEZ, LEILA MERCEDES GALÍNDEZ de CARRASCO, ZORAIDA DEL CARMEN GALÍNDEZ, JOSÉ MIGUEL PÉREZ ORDÓÑEZ, MIRIAN RAMONA PÉREZ SEQUERA, JOSÉ PASTOR PÉREZ SEQUERA, ANDRÉS RAÚL PÉREZ SEQUERA, OLVEN ORLANDO PÉREZ SEQUERA (hijos), JOSÉ ALBERTO BASTARDO GALÍNDEZ, SARAH CAROLINA BASTARDO GALÍNDEZ, JOHN LAURENT GALÍNDEZ PEÑA y JOSÉ LUIS GALÍNDEZ PEÑA (nietos)", venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.539.298., V-4.383.409, V-4.477.509, V-4.680.748, V-4.124.618, V-4.724.581, V-4.450.377, V-4.450.279, V-7.313.555, V-17.643.704, V-14.245.714, V-12.403.935 y V-14.139.939, respectivamente, en su condición de causahabientes, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ LUIS PÉREZ GRIMÁN,