... DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS, solicitada por los ciudadanos: OSLEIVA DEL VALLE CORREA e IVAN ENRIQUE MONTILVA CAÑIZALEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, portadores de las cédula de identidad Nos. V-8.796.369 y V-5.670.159, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 188 y 189 del Código Civil. Expídase copia certificada de la presente decisión, y remítase al Registro Civil de la Parroquia Altagracia del Municipio Libertador del Distrito Capital, de conformidad con el artículo 3 numeral 4º de la Ley Orgánica de Registro Civil.-----------