PRIMERO: Oída como ha sido la solicitud por parte del Ministerio Público en el sentido de que sea decretado la aplicación del PROCEDIMIENTO ABREVIADO en la presente causa, este Tribunal observa que la detención de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, se produce en base a uno de los supuestos establecidos en la ley, es decir, fueron sorprendidos in fraganti en la comisión del hecho punible que le imputa el Ministerio Público, como lo es la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación con el articulo 83 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas VILMA YUDITH HERNANDEZ Y MAIRA ALEJANDRA GONZALEZ VALLE, en relación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA y en cuanto al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, precalificó los hechos como la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artículo 458 en relación con el articulo 83 y en el artículo.....