Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° Uno del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Mantener la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, prevista en el artículo 256 ordinales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al imputado ROJAS AROCHA DARWIN GERARDO, Venezolano, de 20 años de edad, Titilar de la Cédula de Identidad Nro. 16.578.306, Nacido en fecha 22 de Diciembre del año 1983, de Estado Civil Soltero, Profesión U Oficio Obrero, Residenciado en Barrio José Gregorio Hernandez, Calle Principal, Casa S/N, de Santa Teresa del Tuy, Estado Miranda, pero Modificando el monto de la Caución Personal, de CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS CADA FIADOR, a DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS CADA FIADOR, debiendo presentar dos (2) fiadores, de notable buena conducta, qu.....