Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud del representante del Ministerio Público, y otorga a los ciudadanos FELIPE VELASQUEZ, LEONARDO SEVERO SEQUERA MEDINA, DIMAS ALFONZO HERNANDEZ NAVARRO, JESUS DE JESUS RODRIGUEZ, ISAAC RAFAEL SERTIFFE MONTERO, WLADIMIR JUNIOR MALAVE MALAVE, CESAR CHIRINOS, MAXIMO JHONATHAN FERNANDEZ y LUIS ANDRES PEREZ MENDEZ, la INMEDIATA LIBERTAD, por no encontrarse llenos los extremos legales del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, declarando en consecuencia con lugar la solicitud hecha por los defensores