ORDENA LA APERTURA A JUICIO del imputado JOSE FELIPE BOADA LINARES, quien es venezolano, natural de Cabimas Estado Zulia, fecha de nacimiento 19-9-1957, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.978.627, estado civil casado, residenciado en la Urbanización Los Naranjos, Zona 1, casa San Antonio, Guarenas Estado Miranda, por la comisión de los delitos de COMPLICE EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el artículo 84 ordinal 3º del Código Penal y FACILITADOR EN EL DELITO DE SECUESTRO, previsto y sancionado en el parágrafo primero del articulo 460 del Código Penal. .Se ordena a las partes para que concurran en un lapso de cinco (5) días al Juez de Juicio a los fines legales consiguientes e igualmente se instruye al Secretario del Tribunal para que remita al Tribunal que corresponda conocer, la documentación de las actuaciones.....