Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA POR EL TERRITORIO, ya que el Juzgado competente para la practica de dicha notificación es el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salías de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, por lo que se ordena remitir la presente comisión con oficio al respectivo Juzgado.
Se acuerda remitir el Expediente al Tribunal señalado como competente, en la oportunidad correspondiente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.