...declara CON LUGAR la solicitud de conversión de la separación de cuerpos en DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: CONCEPCIÓN DOMINGOS DE CARRERA y JUAN PABLO CARRERA VELÁSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad N° V-11.664.160 y V-10.382.932, respectivamente, y como consecuencia de ello se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha diecisiete (17) de marzo del año dos mil nueve (2009), por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, según consta en acta de matrimonio Nº 71, expedida por el respectivo Registro Civil. Ofíciese lo conducente al Registrador Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil. DIARÍCESE; PUBLÍQUESE y REGISTRESE.