En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, éste Tribunal CUARTO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy , PRIMERO:  Acoge  la solicitud  del Fiscal del Ministerio Publico,  en cuanto a  la prosecución de la investigación por la vía del procedimiento ORDINARIO de conformidad  con  el último aparte del Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: IMPONE LA PRIVACIÓN JUDICIAL  PREVENTIVA DE LIBERTAD,  solicitada por la fiscal DRA. GILDA SEQUERA en su carácter de Fiscal Novena del Ministerio Público, al ciudadano: MUÑOZ APARICIO JOSE LUIS, Natural de Ocumare del tuy, Estado Miranda, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.013.576, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 05/09/77, estado civil: soltero, de oficio: vendedor, residenciado en: Sector el cerrito, entrada e.....